Frente Grande

Salta. Argentina. Bienvenid@ a la Red Social del Frente Grande

Proyecto de Ordenanza

Diego Saravia

Plan de Lucha contra el Dengue Salta Capital

Visto:

los casos de Dengue y la existencia de mosquitos Aedes Aegypti en la Ciudad



Considerando:

Que el dengue es una enfermedad mortal en el grado hemorrágico.


Que es erradicable con acciones concretas de saneamiento a nivel de casas y barrios. La Argentina fué declarada libre de esta enfermedad en 1960.


Que durante 1999 el Municipio ya instrumento planes de este tipo



El Concejo Deliberante Ordena


Artículo 1: Declarase la emergencia sanitaria en el Municipio y créase el Plan de lucha Integral contra el Dengue en el Municipio de Salta el que
será parte integrante de la reglamentación de la presente.


Artículo 2: El DEM determinara su autoridad de aplicación.


Artículo 3: Autorizase al DEM a ejecutar hasta $3.000.000 en la ejecución
del plan, tomándolos de otras partidas o de ingresos
extraordinarios. Dicha ejecución podrá efectuarse mediante compras
directas en efectivo, contra rendición de gastos.


Artículo 4: El plan será coordinado con las autoridades sanitarias provinciales, y nacionales, siguiendo recomendaciones internacionales.


Articulo 5: Autorizase al DEM a realizar convenios de cooperación con Universidades, Institutos de Investigación, Sindicatos, Gremios,
Colegios Profesionales, Fuerzas Armadas o de Seguridad, y otros
pertinentes a los efectos del plan. Se dará amplia participación a
las entidades vecinales y comunitarias del Municipio.


Articulo 6: El plan contemplará un sistema de observación de la población del mosquito con resolución a nivel de Barrio, cada 15 días,
produciendo los principales indicadores pertinentes como indice de
vivienda y de Breteau.



Articulo 7: Se montara un laboratorio o se convendrá con las entidades cooperantes el montaje de un laboratorio para realizar tests de la enfermedad a
los vecinos de Salta y determinar los serotipos presentes en los
pacientes.


Articulo 8: Se realizarán campañas específicas de recolección, adecuación y remoción de cacharros y recipientes de lugares públicos y privados,
junto con desinfecciones, y otras medidas, intensificadas donde las
observaciones den población de mosquitos por encima de lo
admisible.


Articulo 9: Se realizará una profusa campaña de esclarecimiento de la población con relación a la enfermedad, informando periódicamente el grado de
avance de los mosquitos y la enfermedad entre nuestra población.



Articulo 10: De forma.


Otra información:
http://www.medicinayprevencion.com/dengue.html


Antecedentes

http://g.unsa.edu.ar/sma/informe/panispub.htm#PlanLuchaDengue

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